Vigente desde el 19/3/24
Vigente desde el 19 de marzo de 2024
ADECUACIÓN EN LA NORMATIVA PARA ACREDITACIÓN DE CAPITAL SOCIAL
• La nueva DISPOSICIÓN 19/24 ofrece la posibilidad de acreditar la integración de aportes de capital a través de depósitos en banco oficial –ya sea en forma presencial o digital-, así como también mediante escritura pública o acta notarial.
• Se deroga la Disposición DPPJ N° 74/2022
• Se restablece la vigencia del artículo 1 de la Disposición DPPJ N° 51/2016
La nueva normativa dispuesta por la Dirección de Personas Jurídicas tiene como finalidad brindar mecanismos más ágiles a los administrados y administradas al momento de tramitar una constitución. Por ello, para acreditar la integración de aportes de capital los mecanismos serán depósito en banco oficial, con preferencia en Banco de la Provincia de Buenos Aires –ya sea en forma presencial o digital- ,así como también mediante escritura pública o acta notarial.
https://www.gba.gob.ar/dppj/legislacion