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NOVEDADES BENEFICIARIO FINAL

DISPOSICIÓN SOBRE LAS NUEVAS CONSIDERACIONES DE BENEFICIARIO FINAL

En la Dirección Provincial de Personas Jurídicas entrará en vigencia a partir del 15 de noviembre la Disposición 54/21.

Viernes 12 de Noviembre 2021
NOVEDADES BENEFICIARIO FINAL
NOVEDADES BENEFICIARIO FINAL

IDENTIFICACIÓN DE BENEFICIARIO FINAL IMPLEMENTACIÓN DE LA NUEVA NORMATIVA DE LA UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA


En la Dirección Provincial de Personas Jurídicas entrará en vigencia a partir del 15 de noviembre la Disposición 54/21 (que modifica a la Disposición Nº 130/2017) e incorpora en su cuerpo normativo los nuevos alcances en la redefinición de Beneficiario Final, con el propósito de prevenir el uso indebido de sociedades comerciales y estructuras jurídicas para la comisión de delitos, relacionados al crimen organizado y en especial a la criminalidad económica, en cumplimiento de la Resolución UIF Nº 112/21.

Por ello, será considerado Beneficiario/a Final a la/s persona/s humana/s que posea/n como mínimo el diez por ciento (10 %) del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, un fideicomiso, un fondo de inversión, un patrimonio de afectación y/o de cualquier otra estructura jurídica; y/o a la/s persona/s humana/s que por otros medios ejerza/n el control final de las mismas.


En todos los casos deberá consignarse como beneficiario/a final al menos a una (1) persona humana.