IMPORTANTE
1).- Gratuidad: Todas las asociaciones civiles están exentas del pago de tasa de actuación, es decir, sus trámites son gratuitos.
2).- En caso que la Asociación Civil desee abonar el Trámite Especial de 1, 4 o 15 días para Asociaciones Civiles de Interés Público, sólo podrán hacerlo las entidades comprendidas en la Ley N° 15.192: Clubes de Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes y asociaciones civiles con ingresos totales anuales hasta la categoría G del monotributo.
IMPORTANTE: En caso de que una entidad no comprendida en el beneficio abone una tasa “Ley 15.192”, no se le dará curso como trámite especial. Deberá optar por: 1) Abonar la tasa correspondiente y solicitar el reintegro del pago mal abonado; o 2) Desistir del trámite especial y solicitar el reintegro del pago mal abonado.
3).- Tasas especiales de 1, 4 o 15 días para las demás Asociaciones Civiles: Son las correspondientes a cada trámite, sin el agregado “Ley 15.192”.
El pago de tasas especiales se realiza a través de la siguiente página:
https://www.colescba.org.ar/www/pages/dppj/comprobantes/index.jsf