Se podrán iniciar a partir del lunes 25 de octubre y se realizarán a través de la plataforma de Formularios Digitales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires mediante CUIT y Clave Fiscal.
LA DIRECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS HABILITA LA TRAMITACIÓN DIGITAL PARA TRÁMITES INICIALES
• Se podrán iniciar a partir del lunes 25 de octubre y se realizarán a través de la plataforma de Formularios Digitales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires mediante CUIT y Clave Fiscal.
• Funcionará como canal alternativo al sistema actual de ingreso presencial de trámites en Sede Central y Oficinas Delegadas, Municipios y organismos con convenio. Queda derogada la Disposición 17/2020.
• Los administrados deberán constituir, en los trámites que se inicien ante el organismo, y con carácter de declaración jurada, una dirección de correo electrónico que se considerará domicilio electrónico constituido
Accedé a la información completa de la Disposición DI-2021-27174885-GDEBA-DPPJMJYDHGP y Anexo explicativo
Los trámites expresamente incorporados a la “Nómina de Trámites Digitales” y a la plataforma de Formularios Digitales del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires son:
-Constitución de Asociaciones Civiles.
-Constitución de Asociaciones Civiles previstas en la Ley Nº 15.192.
-Inscripción de Asociaciones Mutuales en la Provincia de Buenos Aires.
-Inscripción de Contratos de Fideicomiso.
-Solicitud de Certificado de Vigencia Asociaciones Civiles
-Solicitud de Reserva de Denominación.
-Solicitud de Copias Certificadas
-Cambio de plazo (Solo sede central La Plata - NO Delegaciones)
-Presentación de Recursos y contestación de traslado
-Contesta Vista de trámites digitales
Tené en cuenta los requisitos exigidos para la presentación digital de trámites:
- Los archivos deberán ser presentados en formato pdf firmados digitalmente.
- Como regla general, el tamaño máximo admitido será de DOS (2) MEGABYTES
- Los documentos que sean o contengan reproducciones digitales de documentos en soporte papel, deberán utilizar la resolución de 150 PPI (Pixels Per Inch – Píxeles Por Pulgada) y el formato “escala de grises”. Los documentos deberán acompañarse en orientación vertical.
- Sólo se admitirán los pagos de tasas administrativas y tasas por trámites preferenciales realizados por canales digitales.