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Subsecretaría de Finanzas


Dirección de Inversión Pública

DIRECCIÓN DE INVERSIÓN PÚBLICA

ACCIONES

  1. Asistir a la Subsecretaría de Finanzas en la aplicación de la Ley de Inversiones Públicas Nº 13.614, en todo lo referido a la administración del banco de proyectos de inversión pública, la formulación y evaluación de los proyectos integrantes de los planes provinciales de inversión pública y aspectos metodológicos relacionados con la implementación del Sistema Provincial de Inversión Pública.
  2. Promover y ejecutar las acciones pertinentes para la implementación del Sistema Provincial de Inversión Pública (SPIP).
  3. Elaborar el plan provincial de inversión pública, de formulación anual con proyección plurianual, considerando las distintas alternativas de financiamiento.
  4. Implementar y mantener actualizado el Banco Provincial de Inversión Pública (BAPIN) y el Registro de Proyectos de Participación Público Privada (PPP) que proveerán de información adecuada, oportuna y confiable acerca de los proyectos de Inversión Pública y de PPP en la Provincia.
  5. Emitir los dictámenes de factibilidad técnico-económica conforme a los criterios que establezca la Autoridad de Aplicación.
  6. Participar en la Formulación de los Proyectos de Inversión que tramiten financiamiento bilateral o multilateral.
  7. Realizar evaluaciones de seguimiento y ex post de proyectos ejecutados con financiamiento provincial, bilateral o multilateral.
  8. Promover las investigaciones y estudios necesarios para la formulación de los proyectos, planes y programas de acción a desarrollar.
  9. Elaborar los informes y dictámenes y cualquier otra función que se le encomiende en virtud del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 14.920, su reglamentación y modificatorias.
  10. Desarrollar con la Dirección Provincial de Coordinación Municipal y Programas de Desarrollo la política, acciones y proyectos, en los términos establecidos por la Ley Nº 14.920, o la norma que en lo sucesivo la reemplace y su reglamentación.
  11. Colaborar con los Municipios de la Provincia de Buenos Aires en sus proyectos de Inversión.
  12. Informar a la Subsecretaría de Finanzas y a los respectivos cuerpos legislativos sobre todo proceso que se lleve adelante conforme a las disposiciones vigentes.
  13. Elaborar las metodologías, precios de cuenta, indicadores pertinentes y criterios para la toma de decisiones sobre la formulación y evaluación de programas y proyectos de Inversión Pública.
  14. Fiscalizar el cumplimiento de los requisitos mínimos, que la Autoridad de Aplicación establezca, para la incorporación de los proyectos de inversión pública en el BAPIN.
  15. Asistir a los Organismos de la administración pública provincial y municipios en las actividades necesarias para la inclusión de los proyectos en el BAPIN a fin de contar con las previsiones presupuestarias, seleccionar la/s fuente/s de financiamiento óptima y posibilitar su financiamiento en función de la alternativa seleccionada.
  16. Realizar tareas de difusión y capacitación sobre el Sistema de Inversión Pública y la utilización del BAPIN en el Sector Público Provincial y en los Municipios.

 


 

Contacto

Teléfono: (0221) 429-4731