Las Mutuales pueden prestar una gran diversidad de servicios, sin embargo para estar encuadrados dentro de la Ley y poder ser prestados deben estar inscriptos ante el INAES. Ante dicha situación la Mutual deberá convocar a una asamblea extraordinaria para tratar su aprobación. Luego deberá gestionarse su inscripción para lo cual deberán presentar la siguiente documentación:
a) Formulario de Minuta Rogatoria (Anexo 3) firmada por Presidente y Secretario certificadas por Juez de Paz, escribano (en caso de extraña jurisdicción se requiere la legalización por el colegio respectivo) o esta Dirección Provincial.
b) Dos fotocopias del Acta de Asamblea firmada por presidente y secretario
c) Dos fotocopias de la Publicación de la convocatoria en un diario de la Zona o en el Boletín Oficial de donde se desprenda el Orden del Día
d) Dos Fotocopias de la Planilla de Asistencia a la Asamblea firmada por presidente y secretario
e) Dos copias mecanografiadas del Acta respectiva con firmas del Presidente y Secretario
f) Dos fotocopias del Acta de Asamblea de donde se desprenda las autoridades en ejercicio que firman la documentación.
g) Nota de presentación dirigida al INAES solicitando la aprobación de los reglamentos firmada por Presidente indicando la documentación que se presenta
h) Las firmas de los puntos a), b), e), f) y g) deberán estar certificadas por esta Dirección Provincial, Juez de Paz o Escribano (en caso de que se emplee un escribano de extraña jurisdicción se deberá legalizar su firma por el colegio respectivo)
IMPORTANTE:
La Aprobación de Reglamentos Nuevos de las Mutuales se inscriben en el Instituto de Asociativismo y Economía Social (INAES), por consiguiente para los mismos NO PODRA COBRARSE EL TIMBRADO DE TRAMITE ESPECIAL, ya que no podemos manejar los plazos del INAES.