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Manual para Asociaciones Civiles

IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY N° 15192

Miércoles 30 de Diciembre 2020
Manual para Asociaciones Civiles

El gobierno provincial reglamentó la Ley de Asociaciones Civiles y Mutuales y la Dirección Provincial de Personas Jurídicas comenzó a trabajar en su implementación.

El art. 12° y 13° de la Ley 15.192 dispone la Condonación de Deudas de documentación anual obligatoria a día 31 de Diciembre de 2014 y la normalización por los períodos posteriores (2015 a 2019), para aquellas asociaciones civiles que han sido declaradas de interés público: Clubes de

Barrio, Centro de Jubilados, Sociedades de Fomento, Centros Culturales, Jardines Comunitarios, Organizaciones de Comunidades Migrantes, y aquellas que tengan ingresos anuales totales menores a la Categoría G del Monotributo.

La solicitud deberá iniciarse ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con sede en La Plata, las delegaciones, los municipios con convenio vigente y/o cualquier otro organismo público con convenio vigente, mediante el siguiente Formulario

Para conocer el procedimiento, te ofrecemos el siguiente Manual sobre el Nuevo procedimiento de Condonación y Normalización para Asociaciones Civiles declaradas de Interés Público 

Tené en cuenta que el ingreso de trámites ante la DPPJ se reanudará en Febrero, por lo que te recomendamos disponer de este tiempo para analizar la situación de tu institución y recabar los datos y documentos necesarios.

Si todavía tenes dudas, podes escribir a asesoramiento.dppj@mjus.gob.ar y a la brevedad te responderemos