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Misión

Subsecretaría de Derechos Humanos

La Subsecretaría de Derechos Humanos tiene la misión de:

1- Diseñar e implementar políticas de Protección y Asistencia a las víctimas de delitos. 

2- Formular y aplicar políticas y programas de promoción y fortalecimiento de los Derechos Humanos.

3- Diseñar, implementar y desarrollar iniciativas de creación o modificación de normas o programas que tiendan a preservar y garantizar la plena protección de los Derechos Humanos y las políticas de Memoria, Verdad y Justicia.

4- Fortalecer y proteger los derechos de los Pueblos Originarios.

 

Direcciones 

Dirección Provincial de Promoción y Formación en Derechos Humanos

Acciones:

1.    Formular, diseñar y supervisar las políticas y enfoques transversales de Derechos Humanos en el ámbito provincial, en observancia de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino.
2.    Contribuir al diseño y la aplicación de acciones en Derechos Humanos mediante estrategias de colectivización.
3.    Establecer los lineamientos generales para la elaboración de los materiales de difusión para la promoción de los Derechos Humanos.
4.    Difundir los alcances normativos sobre de los Derechos Humanos en las distintas leyes.
5.    Diseñar y supervisar el desarrollo de proyectos de promoción de Derechos Humanos específicos tendientes a la promoción de los Derechos Humanos.
6.    Coadyuvar, en lo que resulte pertinente, al cumplimiento de los pronunciamientos de los órganos internacionales de protección de los Derechos Humanos relativos a la provincia.
7.    Desarrollar un programa integral de capacitación en Derechos Humanos sobre aspectos conceptuales, perspectivas generales y temáticas específicas.
8.    Estimular la efectiva aprehensión de contenidos, habilidades y destrezas en Derechos Humanos en todos los públicos destinatarios de sus acciones, cooperando en el ejercicio de las funciones públicas.
9.    Diseñar e impartir programas formativos en los diferentes sectores de la administración pública provincial, en ámbitos municipales y en la sociedad civil, en coordinación, cuando resulte procedente, con el Instituto Provincial de la Administración Pública (IPAP), y con otras entidades, especialmente aquellas de índole educativas. 
10.    Cooperar en la formación en Derechos Humanos de agentes públicos dependientes de los poderes legislativo y judicial provinciales. 
11.    Fomentar estrategias regulares de actualización y entrenamiento de equipos docentes y otros vinculados a la función docente. 
12.    Alentar acciones sostenidas de formación y actualización interna en Derechos Humanos, junto a procedimientos regulares de medición de la calidad de gestión.
13.    Promover la efectiva igualdad de oportunidades en todas las políticas, programas, planes y proyectos del Gobierno Provincial incorporando los avances alcanzados a nivel nacional e internacional orientados hacia una sociedad justa igualitaria y solidaria, fortaleciendo el capital humano y la gestión participativa.

 

Dirección de Promoción de Derechos Humanos

Acciones:

1.   Contribuir al diseño y la aplicación de accionestrasversales en Derechos Humanos mediante estrategias de difusión, formación, investigación, monitoreo y otras afines.
2.   Promover políticas y enfoques transversales de Derechos Humanos en el ámbito provincial, en observancia de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado Argentino.
3.   Implementar los proyectos de promoción de Derechos Humanos definidos por la Dirección Provincial.
4.   Relevar los resultados de las acciones desarrolladas para usar como insumos de futuras políticas de promoción.
5.   Programar e implementar acciones de difusión, promoción, actualización y capacitación dirigidos al público en general, a multiplicadores sociales, docentes y estudiantes de todos los niveles.
 

Dirección de Formación en Derechos Humanos

Acciones:

1.   Diseñar e impartir programas formativos en los diferentes sectores de la administración pública provincial, en ámbitos municipales y en la sociedad civil, en coordinación, cuando resulte procedente, con el Instituto Provincial de laAdministración Pública (IPAP), y con otras entidades, especialmente aquellas de índole educativas.
2.   Cooperar en la formación en Derechos Humanos de agentes públicos dependientes de los poderes legislativo y judicial provinciales.
3.   Incorporar en todo plan de acción formativa, marcos de actuación en relación a personas víctimas de violaciones de Derechos Humanos y la promoción de sus derechos.
4.   Fomentar estrategias regulares de actualización y entrenamiento de equipos docentes y otros vinculados a la función docente.
5.   Designar los equipos docentes para la asunción de las diferentes actividades formativas.
6.   Evaluar y planificar las demandas para el desarrollo de las actividades pedagógicas.
7.   Coordinar y supervisar evaluaciones periódicas de las actividades docentes realizadas.
8.   Promover la utilización de nuevas tecnologías comunicacionales para la difusión y la orientación en Derechos Humanos.
9.   Aprobar los programas de capacitación, actualización y profundización destinados a la promoción de los Derechos Humanos.
10.   Coordinar, a través de la vía jerárquica, las validaciones de cursos con otras instituciones educativas.
11.   Aprobar las realizaciones de las distintas solicitudes de capacitación.
12.   Supervisar pedagógica y operativamente las capacitaciones y los talleres realizados.
13.   Coordinar iniciativas conjuntas con otros organismos, instituciones y universidades que realicen capacitaciones y formaciones en Derechos Humanos.
 

Dirección Provincial de Protección de Derechos Humanos

Acciones:

1.    Formular, diseñar, supervisar y evaluar las políticas públicas relativas a la protección de los Derechos Humanos.
2.    Organizar y asegurar los medios pertinentes para la recepción y correcto funcionamiento de las denuncias en materia de vulneración de Derechos Humanos.
3.    Producir, relevar y analizar información clave que resulte pertinente para la toma de decisiones en materia de protección de los Derechos Humanos.
4.    Planificar y diseñar sistemas de información cualitativa y cuantitativa para el registro y análisis de las denuncias tramitadas por las direcciones a cargo.
5.    Intervenir en todo lo relativo a cuestiones de Derechos Humanos, específicamente, la prevención de su vulneración, su protección y reparación. 
6.     Estudiar, elaborar, impulsar y formular iniciativas de creación o modificación de normas, procedimientos, planes o programas que tiendan a preservar y garantizar la plena protección de los Derechos Humanos y la implementación de políticas públicas.
7.    Fomentar acciones tendientes a asegurar el cumplimiento efectivo de las normas que reconozcan y reglamenten los Derechos Humanos de carácter nacional o internacional a los efectos de preservar y garantizar su plena protección. 
8.     Adoptar todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a las leyes y decretos en que la Subsecretaría tiene competencia o es designada como autoridad de aplicación.
9.    Coordinar, supervisar y llevar adelante todas las actividades necesarias para mantener actualizado el Registro Provincial de Información de Menores Extraviados creado por la Ley N° 13.994, Decreto Reglamentario N° 169/11. 
10.    Remitir periódicamente a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas del Ministerio de Seguridad, o la que en el futuro la reemplace, la información denunciada como de menores extraviados que alcancen la mayoría de edad.
11.    Coordinar con organismos nacionales, provinciales y municipales, como así también con instituciones privadas el requerimiento de información y la publicación de datos de personas menores de edad extraviadas
12.    Participar en la Comisión Interministerial para la Promoción y Protección de los Derechos del Niño, artículo 23 de la Ley N° 13.298. 
13.    Establecer mecanismos de coordinación con organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, y entes públicos no estatales de las distintas jurisdicciones, para la implementación y aplicación de los servicios a prestar. 
14.    Organizar y coordinar el “Equipo de Acompañamiento” creado mediante Resolución N° 53/15. 

 

Dirección de Recepción de Denuncias por Violaciones a los Derechos Humanos

Acciones:

1.    Establecer un mecanismo de acciones urgentes y seguimiento, como así también proponer acciones de protección adecuadas a la problemática específica, sobre las denuncias recibidas y consultas por cualquier medio de comunicación sobre posibles vulneraciones de los Derechos Humanos.
2.    Elaborar normas, protocolos y procesos para la recepción, procesamiento, registro y tramitación de las denuncias por violaciones a Derechos Humanos.
3.    Coordinar la recepción y tramitación de denuncias por violaciones a Derechos Humanos u actos de discriminación, pudiendo solicitar informes, recibiendo testimonios, emitir opinión en actuaciones administrativas, producir y presentar informes técnicos. 
4.    Coordinar los cursos de acción a seguir en casos de violaciones de Derechos Humanos. 
5.    Tramitar las actuacionespertinentes a fin de la presentación de las denuncias.
6.    Dar seguimiento y analizar situaciones relativas a los Derechos Humanos con el fin de prevenir eventuales violaciones y, en su caso, formular las denuncias pertinentes.
7.    Realizar el seguimiento de casos de violaciones a los derechos de la niñez y la adolescencia.
 

Dirección de Política contra la Violencia Institucional

Acciones:

1.    Recepcionar y analizar los casos de violencia institucional que se reciban por las distintas vías.
2.    Generar estrategias de abordaje institucional en los casos de denuncias de violencia institucional recibidos.
3.    Intervenir en los procedimientos administrativos y judiciales según los criterios adoptados para los casos enmarcados en violencia institucional.
4.    Llevar a cabo iniciativas de creación, adecuación o modificación de normas o programas que tiendan a preservar y garantizar la plena protección de los Derechos Humanos.
5.    Ejecutar los procedimientos que surjan de la Ley Nacional Nº 26.370, la Ley Provincial Nº 13.964, el Decreto Nº 1.096/09 y sus normas reglamentarias, en el ámbito de las competencias de la Subsecretaría.
6.    Participar cuando lo indique la superioridad en la Comisión Interministerial para la Promoción y protección de los Derechos del Niño, artículo 23 de la Ley N° 13.298.
7.    Diseñar procesos que propendan al seguimiento de las situaciones de violación a los derechos de la niñez y la adolescencia.
8.    Asistir, dictaminar y asesorar en materia de violencia institucional a las demás áreasdeesta Subsecretaría o respecto de las consultas en temas de Derechos Humanos que reciba de las distintas dependencias del Estado Provincial.
 

Dirección de Asuntos Jurídicos de Personas en Situación de Encierro

Acciones:

1.   Promover la colaboración entre todas aquellas instituciones cuya actividad esté vinculada a la situación de las personas privadas de libertad en instituciones dependientes de la Provincia de Buenos Aires.
2.   Inspeccionar periódicamente los centros de detención, sean estos centros penitenciarios y no penitenciarios de detención e instituciones de alojamiento de modo coactivo, a fin de prevenir eventuales actos de vulneración a los Derechos Humanos.
3   .Elaborar informes a partir de la toma de conocimiento sobre las personas privadas de libertad, sus condiciones materiales y judiciales y hacer un relevamiento del ámbito físico de la Unidad de Encierro
4.   Generar las denuncias pertinentes en aquellos casos en que se detecten condiciones de vulneración de derechos de las personas privadas de libertad.
5.   Adoptar acciones para fomentar la colaboración entre todas aquellas instituciones cuya actividad esté vinculada a la situación de las personas privadas de libertad en instituciones dependientes de la Provincia de Buenos Aires.
6.   Promover iniciativas para la creación, adecuación o modificación de normas o programas que tiendan a preservar y garantizar la plena protección de los Derechos Humanos de las personas en situación de encierro.
7.   Intervenir en los procedimientos administrativos y judiciales relacionados a la competencia de esta dirección en los que el Director Provincial disponga.
 

Dirección Provincial de Políticas Reparatorias

Acciones:

1.   Diseñar, supervisar y evaluar políticas reparatorias para víctimas de crímenes de lesa humanidad o sus familiares cometidos por el Terrorismo de Estado.
2.   Diseñar estrategias de litigio en los casos por crímenes de lesa humanidad en los que la Subsecretaría sea parte.
3.   Asignar la representación legal a los profesionales que se designe como querellante  por crímenes de lesa humanidad, cometidos por el Terrorismo de Estado.
4.   Identificar, señalizar y preservar Sitios de Memoria en cumplimiento de lo establecido en la Ley Provincial N°13.584.
5.   Fijar los lineamientos de aplicación de las normas relativas a la reparación por violaciones a los Derechos Humanos Leyes N° 13.745, N°13.807, N° 13.808 y N°14.042
6.   Diseñar y supervisar un programa de recolección y concentración de información sobre los procesos judiciales por crímenes de lesa humanidad en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. 
7.   Coordinar con la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Nación y las de otras provincias, el impulso del Proceso de Memoria, Verdad y Justicia. 
8.   Concertar el trabajo conjunto con el Ministerio Público Fiscal a fin de optimizar el aporte de la querella en los juicios por crímenes de lesa humanidad. 
9.   Proponer estrategias para que los aportes probatorios producidos en los procesos en los que se interviene, se incorporen al proceso de búsqueda de verdad.
10.   Contribuir con la preservación, el desarrollo, el funcionamiento e investigación de Espacios para la Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos, alentando la implementación de proyectos locales. 
11.   dministrar el Registro Único de la Verdad Ley Provincial N° 12.498, contribuyendo con la recopilación, actualización, preservación y eventual digitalización de archivos y datos vinculados a los hechos ocurridos durante la última dictadura cívico militar. 
12.   Estimular la realización de encuentros de trabajo con entidades de la sociedad civil, agencias del Estado provincial, nacional y municipales; y propiciar la participación de instituciones educativas en el estudio y la investigación de hechos ocurridos en el terrorismo de Estado.
13. Coordinar las tareas con el área que corresponda para brindar acompañamiento, asistencia y contención a las víctimas de los crímenes de lesa humanidad y/o sus familiares, entendiéndose por tal, el abordaje psicosocial, orientación y derivación de los afectados y/o sus familiares en función de las demandas que se detecten como consecuencia de las violaciones a los Derechos Humanos.
 

Dirección de Investigación y Memoria

Acciones:

1.    Gestionar lo relativo a la aplicación y observancia de las leyes provincialesN°12.498 y N°13.584, sobre Registro Único de la Verdad y Sitios de Memoria,respectivamente, aportando a los procesos sobre Memoria, Verdad y Justicia.
2.    Coordinar el relevamiento y sistematización de todo tipo de información útil para la reconstrucción de los hechos ocurridos durante el terrorismo de estado.
3.    Desarrollar una base de datos que reúna información y documentación vinculada al Terrorismo de Estado.
4.    Promover y acompañar proyectos institucionales y/o comunitarios que busquen contribuir a la construcción, discusión y difusión de la memoria de los hechos vinculados al Terrorismo de Estado.
5.    Intervenir en la asistencia técnica, intercambio de experiencias, y material con entidades de la sociedad civil, agencias del Estado provincial, nacional y municipales; y propiciar la participación de instituciones educativas en el estudio y la investigación de hechos ocurridos en el terrorismo de Estado.
6.    Cooperar con los procesos de memoria, verdad y justicia, la búsqueda e identificación de restos de personas detenidas desaparecidas durante el accionar del terrorismo de Estado, y la recuperación de la identidad biológica en casos de sustracción.
7.    Coordinar las actividades necesarias a efectos de verificar el cumplimiento delartículo 8° de la Ley 12.297, Decreto N° 1897/02.
 

Dirección de Querellas por Crimenes de Lesa Humanidad y Leyes Reparatorias

Acciones:

1.   Formular estrategias de litigio en los casos por crímenes de lesa humanidad en los que la Subsecretaría sea parte.
2.    Representar como querellante a las víctimas por crímenes de lesa humanidad y/osus familiares, cometidos por el Terrorismo de Estado.
3.   Conducir los procesos administrativos derivados de las competencias establecidas en las Leyes N° 13.745, N°13.807, N° 13.808 y N° 14.042 que establecen mecanismosreparatorios de las violaciones a los Derechos Humanos.
4.    Generar dictámenes sobre la aplicación de políticas reparatorias para las víctimas de crímenes de lesa Humanidad o sus familiares cometidos por el Terrorismo de Estado.
5.   Intervenir en los trámites establecidos en las leyes N° 13.697 y N° 13.940.
 

Dirección de Sitios y Espacios de Memoria

Acciones:

1. Identificar, señalizar y preservar Sitios de Memoria en cumplimiento de loestablecido en la Ley Provincial N°13.584.
2. Iniciar, cuando resulte pertinente, mecanismos para la desafectación de Sitios deMemoria, y alentar la eventual promoción de nuevos Espacios de Memoria.
3. Contribuir con la preservación, el desarrollo y el funcionamiento de Espacios parala Memoria y la Promoción de los Derechos Humanos, alentando la implementaciónde proyectos locales.
4. Proponer estudios situados en los Espacios de Memoria en articulación con las áreas pertinentes.
 

Dirección Provincial de Producción de Contenidos y Difusión de Derechos Humanos

Acciones:

1.  Fijar pautas y criterios para producir contenidos en materia de Derechos Humanos para su promoción y su reafirmación en la sociedad, y para su posterior difusión y aplicación en la capacitación en derechos e igualdad de oportunidades.
2. Realizar piezas audiovisuales, gráficas, sonoras y narrativas sobre Derechos Humanos para promover su conocimiento y para prevenir eventuales violaciones. 
3. Diseñar productos comunicacionales que contribuyan a su difusión pública. 
4. Diagramar mecanismos estratégicos de difusión y sensibilización en materia de Derechos Humanos, que contribuyan a elevar sus niveles de conocimiento, protección y goce.
5. Producir piezas comunicacionales con fines educativos, de formación y capacitación en Derechos Humanos.
6. Gestionar la producción y difusión pública de contenidos que den cuenta de las tareas de promoción, protección, formación y reparación de Derechos Humanos que lleva adelante esta Subsecretaría. 
7. Relevar y promover las acciones y/o producciones territoriales de difusión en materia de Derechos Humanos, para maximizar su alcance y ampliar su incidencia comunicacional en la sociedad bonaerense.
8. Producir contenidos específicos a demanda de la Unidad de Coordinación de Programas Especiales y demás áreas involucradas. 
9. Coordinar la comunicación y difusión de las políticas en Derechos Humanos con las áreas institucionales pertinentes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.  
 

Dirección Provincial de Programas para el Desarrollo Socio Comunitario en Derechos Humanos 

Acciones:

1. Organizar, planificar y coordinar las acciones necesarias para el desarrollo de programas, campañas y jornadas de concientización y sensibilización sobre la temática de Derechos Humanos con organismos gubernamentales de distintos estamentos con incidencia en el territorio provincial.
2. Establecer líneas de abordaje para la identificación de poblaciones objetivo en los colectivos con situaciones de vulnerabilidad de sus Derechos Humanos para la elaboración de programas específicos que atiendan sus necesidades en la materia.
3. Diseñar y mantener actualizado un registro sistematizado de organizaciones de la sociedad civil que tengan objetivos afines a los objetivos de promoción y protección de los DDHH de la subsecretaría.
4. Identificar oportunidades y espacios prioritarios de intervención para la incorporación del enfoque en Derechos Humanos en las políticas públicas y acciones del gobierno provincial y municipal con desarrollo socio comunitario
5. Promover la suscripción de convenios y acuerdos de colaboración y participación de la Subsecretaria en planes, programas, y proyectos acordes a los objetivos encomendados 
6. Proponer asistencias técnicas a los municipios que los soliciten para incorporar en sus planes de gobiernos y programas el enfoque de Derechos Humanos
7. Capacitar a los funcionarios provinciales y municipales y miembros de las organizaciones de la sociedad civil, acerca del enfoque de Derechos Humanos
8. Generar acuerdos con organizaciones sociales con distintos grados de organización y desarrollo territorial  en la jurisdicción provincial para el desarrollo de acciones de promoción socio comunitaria en Derechos Humanos. 
9. Propender la integración de los colectivos afro y migrantes mediante la realización de actividades socio comunitarias que contemplen sus realidades
10. Proponer y establecer mecanismos de adecuación de normas y practicas que afiancen los principios de igualdad y no discriminación, y recepten los estándares vigentes en Derechos Humanos.
 

Dirección de Pluralismo e Interculturalidad

Acciones:

1. Planificar e implementar mecanismos de adecuación de normas y prácticas que afiancen los principios de igualdad y no discriminación y recepten los actuales estándares en Derechos Humanos.
2. Relevar las características de la población afro y migrante identificando sus particularidades a fin de generar acciones que permitan su desarrollo.
3. Elaborar y proponer el conjunto de acciones, proyectos y programas que contemplen las necesidades de las poblaciones referidas.
4. Establecer alternativas para la resolución de conflictos de trascendencia social que tienden a la operación de los mismos, propiciando el dialogo y entendimiento de las partes involucradas.
5. Evaluar los resultados obtenidos de las distintas acciones y políticas implementadas a fin de proponer líneas de acción en la temática.
 

Dirección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad

Acciones:

1. Planificar y coordinar acciones específicas de atención y defensa de los Derechos Humanos de los grupos sociales en situación de vulnerabilidad, tendiendo cuando fuera conveniente a la aplicación del principio de la discriminación favorable sobre bases temporales.
2. Establecer pautas y criterios para el abordaje y tratamiento de violaciones a los Derechos Humanos de los colectivos en situación de vulnerabilidad.
3. Monitorear y realizar el seguimiento de violaciones a los derechos de la niñez y la adolescencia en el marco de la Ley N° 13.298.
4. Verificar la correspondencia de las solicitudes de información y brindarla en caso de corresponder.
5. Realizar visitas periódicas a espacios destinados a la permanencia y tránsito de menores en conflicto con la Ley para el seguimiento de eventuales casos de violación de Derechos Humanos.
6. Elaborar informes y proponer modificaciones y actualizaciones a los protocolos para la recepción de denuncias y el redireccionamiento con otros organismos.
7. Participar en Servicios Locales y Zonales en relación con la temática en Derechos Humanosy para cualquier otra dependencia o instituciones que trabajen la temática. 
 

Dirección de Coordinación de Programas Especiales

Acciones:

1. Identificar las poblaciones objetivo de los colectivos que atraviesen situaciones de vulnerabilidad en Derechos Humanos para la elaboración y coordinación de programas y proyectos especiales que atiendan sus necesidades en la materia.
2. Determinar, seleccionar y proponer la implementación y ejecución de programas con cobertura provincial para todas aquellas necesidades que planteen los colectivos específicos, evaluando a dichos efectos los estudios e informes sociales y profesionales existentes a fin de proponer soluciones alternativas a las distintas situaciones de vulnerabilidad de Derechos Humanos.
3. Conformar la base de datos de programas disponibles en la temática en las distintas jurisdicciones provinciales y municipios.
4. Articular con los distintos programas existentes en otras áreas Gubernamentales sobre la temática de Derechos Humanos con incidencia en el territorio.
5. Programar, coordinar y supervisar los trabajos inherentes al estudio, interpretación y control de los programas, proyectos y/o actividades que resulten requeridos por las autoridades, proponiendo soluciones nuevas y de conjunto que surjan de los estudios e investigaciones realizadas.
6. Monitorear y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y actividades implementados.
7. Asesorar técnicamente a los municipios que lo soliciten para incorporar en sus planes de gobiernos y programas el enfoque en Derechos Humanos.
8. Elaborar las propuestas de intervención para la incorporación del enfoque en Derechos Humanos en las políticas públicas y acciones del gobierno provincial y municipal con desarrollo socio comunitario.
9. Relevar las necesidades territoriales a fin de proponer acciones en materia de Derechos Humanos.
10. Generar programas y proyectos con organizaciones sociales con distintos grados de organización y desarrollo territorial  en la jurisdicción provincial para el desarrollo de acciones de promoción socio comunitaria en Derechos Humanos.