En una trabajo conjunto entre la cartera de Salud bonaerense y una asociación que nuclea a estos especialistas.
El Ministerio de Salud de la Provincia aprobó a partir de hoy, junto con la “Agrupación de Ética Profesional en Musicoterapia” (AGRUPADEM), el protocolo la atención de musicoterapéutica en el contexto de la pandemia por COVID-19. De esta manera, se dispusieron las recomendaciones para la atención en esta especialidad, respetando las pautas establecidas para evitar los contagios.
Teniendo en cuenta las principales vías de transmisión del coronavirus; como el contacto de persona a persona o con superficies y objetos contaminados, la “modalidad de atención remota”, es decir a distancia, como la teleterapia o teleconsulta utilizando diversos dispositivos y plataformas virtuales es la principal forma de abordaje recomendada para evitar la circulación y desplazamiento de las personas; y así limitar la posible transmisión viral.
Igualmente, el protocolo aprobado disponible en file:///C:/Users/generica/Downloads/IF-2020-16005359-GDEBA-SSGIEPYFMSALGP%20(1).pdf establece pautas para otras modalidades como la del consultorio privado, institucional, y domiciliaria, teniendo en cuenta la necesidad de cada paciente. Asimismo, dadas las características de la enfermedad y la dinámica de la pandemia, desde la cartera sanitaria bonaerense aclararon que el mismo podrá ser modificado y se encuentra en revisión continua.
En el caso de la “modalidad de atención presencial en consultorio” está indicada solo en los casos en los que el tratamiento se vea imposibilitado mediante la asistencia remota y su continuidad sea considerada imprescindible. En este caso, se implementa siempre y cuando el profesional, paciente o familiares convivientes no se encuentren comprendidos en grupos de riesgo ni presenten síntomas compatibles con COVID-19.
En estos casos a fin de reducir el desplazamiento de personas, se sugiere brindar atención a aquellos pacientes que residan en el mismo distrito o linderos a este y, fundamentalmente, que no dependan del traslado en transporte público de pasajeros. Algunas de las pautas generales dispuestas para este modalidad establecen la organización de turnos; para evitar aglomeración de personas y desinfectar todo aquello con lo que el paciente y/o su acompañante haya estado en contacto.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN DISPUESTAS
En el consultorio permanecerán un musicoterapeuta y paciente, y podrá ingresar un acompañante en los casos en que por edad o condición se requiera. La sala de espera solo estará habilitada para la permanencia de una persona cuando resulte imprescindible. Previo a la sesión, ese mismo día se debe realizar un triage telefónico para indagar ante la presencia de síntomas compatibles con COVID-19 (tos seca, fiebre, dolor de garganta, pérdida del olfato, pérdida del gusto, dolor corporal) tanto del paciente como del grupo familiar conviviente.
Tanto los pacientes, acompañantes y profesionales deberán respetar todas las pautas de bioseguridad dispuestas para protección como el uso de barbijo, lavado de manos, alcohol en gel; como así también el establecimiento deberá contar con todos esos elementos de limpieza y desinfección requeridos para el cumplimiento de estas normas y de la desinfección del espacio físico, y del set instrumental utilizado en cada sesión por los pacientes.
En este sentido, se recomienda emplear fuentes sonoras que puedan desinfectarse sin ningún tipo de restricción, por eso se sugiere no utilizar instrumentos de viento, aquellos que sean de madera porosos, de barniz o piel natural, o utilizar instrumentos plastificados, para facilitar su desinfección.
Por último, para la “modalidad domiciliaria o institucional” cada profesional musicoterapeuta evaluará la necesidad y adaptará la situación puntual de acuerdo a las recomendaciones pertinentes que contiene el protocolo dispuesto.