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Derechos Humanos de Buenos Aires pidió 25 años de cárcel para acusados por crímenes de lesa humanidad en San Martín

Las abogadas de la Subsecretaría alegaron ante el Tribunal Oral Federal N°2 en la causa Di Nápoli y pidieron considerar a los delitos sexuales como autónomos de las torturas.

Martes 4 de Febrero 2020
Base Naval Zárate

La Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires realizó este martes su alegato en la causa “Di Nápoli” donde es querellante y solicitó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) N°2 de San Martín que condene a penas de hasta 25 años de prisión a los tres acusados. Además, solicitó que se juzguen los delitos sexuales padecidos por tres víctimas de manera autónoma, separados de las torturas y los tormentos, figuras en la que los tribunales vienen encuadrando ese tipo de agresión física machista. También pidieron que cesen las domiciliarias.

La Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia está representada en el juicio por las abogadas Valeria Monetta y Yanina Michelena. Los hechos investigados en esta causa forman parte del circuito represivo Zarate Campana, de la Zona de Defensa IV. En la misma se investiga sobre los delitos sexuales padecidos por 6 víctimas, además de privación ilegítima de la libertad y tormentos padecida por 20 víctimas.

Uno de los puntos más sobresalientes del alegato fue el pedido de juzgar los delitos sexuales de manera autónoma. En este sentido las abogadas de la Subsecretaría explicaron que “los tribunales venían considerando al delito sexual como parte de un tormento” y remarcaron la importancia de separar ambas figuras en el alegato.

En su exposición frente a los jueces, destacaron los testimonios de Rita Segato y Laura Sobredo quienes declararon como testigas en el juicio: “las expertas coincidieron en destacar la importancia del testimonio, no solo desde el punto de vista instrumental sino también desde lo simbólico. La reparación comienza con la posibilidad de hablar”, dijeron.

Y agregaron que Segato remarcó en su exposición la “necesidad de sacar de la intimidad es absolutamente fundamental porque así los crímenes contra las mujeres, los crímenes sexuales contra las mujeres, no serán más un crimen menor“.

Durante el alegato se mencionó a cada una de las víctimas y también se dio cuenta de la importancia del activismo social y la militancia de cada una de ellas. En relación a la responsabilidad de los tres imputados hubo un desarrollo pormenorizado de la prueba que da cuenta de la responsabilidad directa, en los delitos que se les imputaron.

Por otro lado, la Subsecretaría solicitó en su alegato que la condena se inscriba en el contexto del genocidio que vivió la Argentina entre 1976 y 1983, porque hasta ahora en los juzgados de San Martín condenan solo por delitos de lesa humanidad, pero no lo encuadran en ese contexto.

El Juicio

El debate comenzó en agosto de 2019 ante el TOF2 por los crímenes cometidos en el Arsenal Naval de Zárate, el buque patrullero ARA Murature -anclado al frente- y en Campana, durante la última dictadura cívico-militar, y tiene por objeto privaciones ilegítimas de la libertad, torturas, abusos sexuales y violaciones, que por primera vez están siendo juzgados en ese circuito represivo. Este martes Subsecretaría cerró la etapa de alegatos de las querellas.

Las víctimas por las cuales se exige justicia son: José Ali; Lidia Esther Biscarte, Eva Raquel Orifici de Marciano, Teresa Di Martino (desaparecida), Marta Velazco (desaparecida), Hugo Morini (desaparecido), Raúl Alberto Marciano, Francisco Jose Bugatto (fallecido), Luis Alberto Messa, Alberto Raul Calvo (fallecido), Blanca Nelly Leonor Buda, Juan Evaristo Puthod, Luis Federico Bosnasco, Jose Maria Iglesias Fernandez, Hector Eduardo Parra Pizarro, Julio Cesar Camejo, Stella Maris Marinich, Marta Elena Endrizzi, Abel Alberto Ippolitti.

La causa “Di Nápoli” se inicia como un desprendimiento de la causa 2748, conocida como causa “Buitrago”, que tramitaron durante el año 2013 ante el Tribunal Oral Federal (TOF) 5 de San Martín. Uno de los acusados es quien le da el nombre al expediente. Se trata de Omar Edgardo Di Napoli, quien era el médico encargado de auscultar a las víctimas en el barco Ara Murature para determinar si podían continuar siendo torturadas o no.

Otro imputado es Jorge Bernardo quien se desempeñaba como sub jefe del Arsenal Naval de Zarate y hoy cumple prisión domiciliaria en Flora 394 de la localidad de Haedo. Santiago Omar Riveros es el tercer acusado y se desempeñaba como Jefe del Comando de Institutos Militares entre los años 1976-1978 y Jefe de la Zona de Defensa IV. También cumple prisión domiciliaria.

En los alegatos, la Subsecretaría también solicitó que en caso que la sentencia resulte condenatoria se exonere y de de baja a a los condenados, así como se les suspenda el retiro, pensión o Jubilación, y que se informe al Colegio de Médicos de la provincia de Buenos Aires para que tome medidas con Omar Edgardo Di Napoli.

También pidieron la revocación de las prisiones domiciliarias otorgadas a Santiago Omar Riveros y a Jorge Bernardo para que cumplan su condena en una Unidad del Servicio Penitenciario Federal.