A raíz de los últimos retiros de alimentos del mercado dispuestos por la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios del Ministerio de Desarrollo Agrario, junto con ANMAT, vamos a explicar brevemente de que se tratan las alergias alimentarias y específicamente los alérgenos. En los últimos años se ha detectado un aumento en la incidencia de esta patología no solo en nuestro país sino a nivel mundial.
La ingesta de un alérgeno (sustancia capaz de provocar una reacción alérgica) aún en cantidades ínfimas, puede desencadenar reacciones adversas en personas sensibles que pueden ser leves o de extrema gravedad, pudiendo incluso llegar a provocar un shock anafiláctico y la muerte. ⠀
Existe un gran número de alimentos con potencial alergénico, sin embargo, sólo 8 llamados “los grandes 8” son los que provocan aproximadamente el 90% de las reacciones: LECHE, HUEVO, PESCADOS, MARISCOS, MANÍ, SOJA, TRIGO Y FRUTAS SECAS (nueces, almendras, castañas, avellanas, etc). ⠀
Teniendo en cuenta que hasta el momento no existe cura para estas alergias, la única manera efectiva de prevenirlas es eliminar a los alérgenos de la dieta de las personas sensibles. Para ello, es necesario que en los rótulos de los alimentos se disponga de la información relacionada sobre su presencia. ⠀
De acuerdo al Art. 235 séptimo del Código Alimentario Argentino, los alérgenos y sustancias capaces de producir reacciones adversas en individuos susceptibles, deberán ser declarados a continuación de la lista de ingredientes del rótulo, siempre que ellos o sus derivados estén presentes en los productos alimenticios envasados listos para ofrecerlos a los consumidores, ya sean añadidos como ingredientes o como parte de otros ingredientes, indicando: “CONTIENE + alérgeno” o “CONTIENE DERIVADOS DE + alérgeno”.
- CONTIENE TRIGO, AVENA, CEBADA, CENTENO.
- CONTIENE CRUSTÁCEOS.
- CONTIENE HUEVO.
- CONTIENE PESCADO.
- CONTIENE MANÍ.
- CONTIENE SOJA.
- CONTIENE LECHE.
- CONTIENE + la fruta seca que corresponda.
- CONTIENE SULFITOS (cuando estén en una concentración mayor o igual a 10ppm). ⠀
Los productos pueden presentar pequeñas cantidades (trazas) de alérgenos de forma no intencionada durante la fabricación, el transporte o almacenamiento, que se considera “contaminación accidental”. ⠀
Cuando, aun habiendo aplicado las BPM (buenas prácticas de manufactura), igualmente existe la posibilidad de contaminación, los elaboradores deben informarlo bajo declaración jurada e indicar en el rótulo la posible presencia de la sustancia alergénica como “etiquetado de advertencia” utilizando la frase: “PUEDE CONTENER + alérgeno o su derivado". ⠀
De ahí la importancia de leer los rotulos ya que es el principal medio de comunicación entre el consumidor y el elaborador.
Si se detectara que una empresa elaboradora está incumpliendo la normativa vigente, la autoridad sanitaria determinara el Retiro del alimento del mercado, para proteger a la población susceptible.