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Subdivisiones rurales

El Ministerio de Desarrollo Agrario ejerce el rol de contralor de la subdivisión de inmuebles rurales ubicados en la Provincia de Buenos Aires y destinados a la explotación agropecuaria, asegurando que los lotes resultantes no estén por debajo de las superficies mínimas dispuestas en la normativa como constitutivas de la unidad económica de explotación.

De esta forma, se requiere la aprobación del Ministerio de Desarrollo Agrario para proceder a la inscripción del inmueble en las correspondientes dependencias provinciales y la protocolización en los registros notariales.

 

Requerimientos

Los titulares del dominio que deseen tramitar la subdivisión, deberán acompañar al plano que proponen un estudio agroeconómico demostrativo de la conveniencia de la subdivisión suscripto por profesionales matriculados.

 

Presentación digital

En el contexto de aislamiento social preventivo obligatorio se habilita la presentación de los trámites de subdivisión en formato digital.

Conocé el procedimiento para hacerlo (ver pdf)

 

Normativa vigente

Decreto – Ley 10.081/83

 

Contacto

Dirección: Torre Gubernamental Administrativa I – Calle 12 y Avenida 51 – Piso 5º - La Plata (1900) – Departamento de Ordenamiento Territorial

Teléfono directo: (0221) 429-5339 o conmutador: (0221) 429-5353 int 85278

Correo electrónico: ordenamientoterritorial.rural@mda.gba.gob.ar

Atención de ventanilla: de lunes a viernes de 9:30 a 13:30 hs.