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ALERTA ALIMENTARIA – PROHIBICION DE COMERCIALIZACIÓN

Miércoles, 1 Noviembre, 2023 - 14:00

El Ministerio de Desarrollo Agrario, a través de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA), comunica a la población la disposición N° 8843/2023 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT):  

“ARTÍCULO 1°. - Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca Cruz del Eje, RNE 12008028 y RNPA 12005232”, “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca La Costa, RNE 12008028 y RNPA 1200532” y “Aceite de Oliva Extra Virgen, Marca San Marco, Premium, RNE 12000380, RNPA 12002208, elaborado y fraccionado en Av. San Francisco Km 5.5, La Rioja”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto y por estar falsamente rotulados al exhibir en sus rótulos números de registros inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales.

ARTÍCULO 2°. - Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 12-000380 y RNPA N° 12-002208, por ser productos falsamente rotulados que utilizan números de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia ilegales.”

Por lo expuesto, la DIPA recomienda:

  • A la población que tenga en su poder dichos productos, que se abstenga de consumirlos.

  • A quienes expendan los productos, que cesen su comercialización.

  • Consumir productos que cuenten con su debida autorización.

 

Dirección de Industrias y Productos Alimenticios
Dirección Provincial de Fiscalización Agropecuaria, Alimentaria y de los Recursos Naturales
Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires


Tel: (0221) 422-4634
vigilancia.dipa@mda.gba.gob.ar
vigilancia.dipa@gmail.com