Al contraer matrimonio lo/as interesados/as pueden optar por: régimen patrimonial de comunidad (más conocido como de “ganancialidad”) o por el de separación de bienes.
Cumplido un año de la celebración del mismo podrán solicitar el cambio de régimen patrimonial.
Requisitos
Poseer más de un año de matrimonio.
Nota del escribano público solicitando que se inscriba el cambio de régimen en el acta de matrimonio.
Escritura o copia certificada de la misma con el cambio de régimen patrimonial y todos los datos del acta de matrimonio.
Lugar y horario de atención
Departamento Mesa de Entradas y Salidas (Av. 1 y Av. 60, La Plata) de lunes a viernes de 8 a 13 horas.
Gestores lunes miércoles y viernes de 8 a 13 horas.
Demora y entrega del trámite
La demora del trámite es de 30 días hábiles.
Costo y medios de pago
El costo del trámite es de $1155.
El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta de pago y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.