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Modificación de Régimen Patrimonial

Al contraer matrimonio lo/as interesados/as pueden optar por: régimen patrimonial de comunidad (más conocido como de “ganancialidad”) o por el de separación de bienes.

Cumplido un año de la celebración del mismo podrán solicitar el cambio de régimen patrimonial.

Requisitos

  • Poseer más de un año de matrimonio.

  • Nota del escribano público solicitando que se inscriba el cambio de régimen en el acta de matrimonio.

  • Escritura o copia certificada de la misma con el cambio de régimen patrimonial y todos los datos del acta de matrimonio.

 

Lugar y horario de atención

Departamento Mesa de Entradas y Salidas (Av. 1 y Av. 60, La Plata) de lunes a viernes de 8 a 13 horas.

Gestores lunes miércoles y viernes de 8 a 13 horas.

 

Demora y entrega del trámite

La demora del trámite es de 30 días hábiles.

 

Costo y medios de pago

El costo del trámite es de $1155.

El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta de pago y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.