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<p style="text-align:justify; margin:0cm 0cm 8pt"><span style="font-size:11pt"><span style="line-height:normal"><span style="font-family:Calibri,sans-serif"><span style="font-family:"Arial",sans-serif"><span style="color:black">Conforme la Ley 26.743, puede solicitarse la rectificación registral del sexo, cambio de nombre de pila e imagen cuando no coincidan con la identidad autopercibida. El trámite consiste en la rectificación de la partida de nacimiento y posteriormente, el trámite del nuevo DNI.</span></span></span></span></span></p>
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Requisitos
DNI (no constancia de trámite ni denuncia de extravío)
Partida de nacimiento actualizada, con no más de 10 días hábiles de expedición. Si es de otra provincia: no menos de treinta (30) días de expedida.
Formulario de solicitud: el mismo se obtiene en la Delegación del Registro de las Personas donde se realice el trámite.
Importante:
Si la persona solicitante es menor de 18 años, deberá además de prestar conformidad, cumplimentar con los siguientes requisitos
Persona menor de 13 años: deberá presentarse con sus progenitores/as o representantes legales y con asistencia de abogado/a del niño o niña (si no es posible, abogado/a con matricula de la jurisdicción);
Persona de entre 13 y 16 años: deberá presentarse con al menos uno o una de sus progenitores/as o representantes legales y con asistencia de abogado/a del niño o niña (si no es posible, abogado/a con matricula de la jurisdicción);
Persona de entre 16 y 17 años: deberá contar con asistencia de abogado/a del niño o niña (si no es posible, abogado/a con matricula de la jurisdicción).
Ciudadanos/as nacidos/as en otra provincia:
Se inicia el trámite de rectificación en cualquier delegación y se envía el mismo a la provincia donde se encuentra asentado el nacimiento para la rectificación de la Partida, quedando reservado el expediente hasta tanto se reciba el acta con las modificaciones autorizadas para su posterior notificación a el o la interesado/a.
Ciudadanos/as que no nacieron en el país:
Argentinos/as Naturalizados/as: en este caso no se modifica el acta de nacimiento, RENAPER solo rectifica el DNI. El tramite se inicia presentando DNI, Formulario de solicitud de rectificación, Formulario de Carta de Ciudadanía con el género elegido.
Extranjeros/as con residencia permanente: el trámite debe iniciarse ante la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.
A tener en cuenta:
La persona responsable de la Delegación certifica las firmas de los/as solicitantes (las firmas deben estamparse frente al/a delegado/a)
En ningún caso es requisito acreditar intervención quirúrgica por reasignación genital total o parcial, ni acreditar terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico
A partir del Decreto N° 476/21 se dispone la adecuación de los documentos de identidad y pasaportes de viaje conforme las exigencias de la Ley 26.743, permitiendo que aquellas personas que no se identifiquen con la categoría masculina o femenina, puedan optar por una "X" en el campo sexo de su DNI y pasaporte.
Lugar y horarios de atención
El trámite se realiza en la Delegación más cercana al domicilio o en la Delegación donde se encuentre asentado el nacimiento, de lunes a viernes de 8 a 13 horas.
Demora y entrega del trámite
20 días hábiles aproximadamente.
Costo y medios de pago
El trámite es gratuito.