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Rectificación de Partida - Defunción

 

Requisitos

  • DNI de la persona interesada

  • Acreditación de vínculo (con las actas respectivas)

Podés solicitar la partida actualizada de manera online aquí.

  • Toda prueba que intente valer para acreditar la modificación pretendida

  • En el caso que inicie el trámite un/a tercero/a, debe presentar la debida autorización realizada ante escribano/a público/a.

  • En caso que inicie abogado/a, deberá presentar IUS previsional.

  • El/la  delegado/a certificará la/s firma/s de los/as peticionantes, indicando lugar, fecha, nombres y apellidos de los/as requirentes con respectivos DNI.

  • La persona solicitante deberá constituir domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires y denunciar el domicilio real.

  • Las partidas extranjeras deberán presentarse legalizadas y traducidas al idioma Nacional por traductor público matriculado.

A tener en cuenta:

  • La solicitud de modificación de actas de matrimonio deberá ser efectuada por ambos/as cónyuges.
  • En caso que se trate de un/a menor de 13 años, la solicitud debe ser requerida por ambos/as progenitores/as o representantes legales. Mayor de 13 y menos de 18 años, debe solicitarlo al menos un representante y conformidad del/a menor.

  • En caso de solicitar la adición de apellido: debe presentarse nota de la persona interesada solicitando la adición del apellido de alguno/a de sus progenitores/as.

Lugar y horarios de atención

El trámite se ingresa en la Delegación más cercana al domicilio, o en la Delegación donde se encuentra asentada el acta que se pretenda rectificar.

Ver Delegaciones

 

Demora y entrega del trámite

Trámite normal: puede demorar hasta 4 meses.

 

Costo y medios de pago

El costo del trámite es de $360 por acta a rectificar

El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la Provincia o retirar la boleta de la delegación y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.