1.-Nota dirigida al Ministerio de Salud – Dirección. de Farmacia, comunicando la compra-venta, firmada por todos los intervinientes en la operación.
2.- Artículo 18 ( Ley 6682 ) del Colegio de Farmacéutico de la Provincia de Buenos Aires de ambos profesionales
3.- Certificado de Libre Regencia a nivel Nacional finalizado del farmacéutico que asume la Dirección Técnica
4.- Certificado de domicilio real expedido por la autoridad competente, del nuevo Director Técnico.
5.- Constituir domicilio legal en La Plata(NO PODRA CONSTITUIRSE DOMICILIO EN LAS OFICINAS PUBLICAS art. 24 Decreto Ley 7647/70) y domicilio electrónico a efectos de su notificación
6.- Balance de alcaloides y psicotrópicos existentes, firmado por ambos profesionales.
7.-Original o fotocopia autenticada con certificación de firmas(ante escribano Público o Juez de Paz) del Testimonio de Compra-Venta, Boleto o Contrato Timbrado.
8- Si el comprador fuese alguna de las sociedades previstas por el artículo 14º inciso b y c de la Ley 10606, deberá adjuntarse:
9.- Si el comprador es una mutual, deberá acreditar la personería gremial, con una antigüedad no menor de cinco años; con certificación expedida por la autoridad competente (original o fotocopia autenticada) y el estatuto debe contener como objeto la actividad farmacéutica-
10- Constancia de CUIT/CUIL (farmacéutico y razón social)
11- Arancel: 5 módulos depositados en Banco Provincia, cuenta en pesos N* 1696/2
12- Tasa administrativa (ARBA).
13- Contrato de locación a nombre del comprador o título de propiedad o Fotocopia autenticada con certificación de firmas(ante escribano Público o Juez de Paz) de los mismos.