1- Nota dirigida al Ministerio de Salud – Dcción. de Farmacia, comunicando la Reforma y el tipo de establecimiento firmada por los titulares del establecimiento y directores técnicos.
2- Artículo 18 (Ley 6682) Colegio de Farmacéuticos de la Provincia de Buenos Aires.
3- Planos del local con: las medidas, distribución y denominación de todos los ambientes, que incluye croquis del lugar, con distancia a la esquina más próxima. Se debe acompañar con copia en papel. Los planos deben ser firmados por el propietario del inmueble, el farmacéutico y el profesional de la construcción interviniente. La carátula del plano debe contener los datos consignados en el Anexo I.
4- Arancel:
5- Tasa administrativa (ARBA).
6- Constancia de CUIL/CUIT
7- Domicilio electrónico a efectos de su notificación
PORCENTAJE X DISTANCIA
DE 50 A 100 KM | + 10% |
DE 101 A 200 KM | + 20% |
DE 201 A 300 KM | + 30% |
DE 301 A 500 KM | + 40% |
MÁS DE 500 KM | + 50% |
ANEXO 1
Datos mínimos de la Carátula del Plano