En virtud de lo dispuesto por el Ministerio de Trabajo en la Resolución N° 135/2020 se establecen una serie de medidas preventivas para garantizar la salud en el espacio laboral
Se amplía por el término de 180 días corridos el vencimiento de aquellas Licencias de Conducir que hayan operado entre el 15 de febrero y el 31 de agosto de 2020.